La Junta Local de Gobierno ha acordado recientemente aprobar el convenio de colaboración entre la Concejalía de Deportes y los clubes y asociaciones deportivas de Totana para la adecuada utilización de las instalaciones deportivas municipales.
La iniciativa de la concejal de Deportes, Isabel María Molino, pretende impulsar la promoción, práctica y desarrollo de la actividad física y de todas las actividades deportivas en las infraestructuras públicas del municipio.
El Ayuntamiento de Totana pondrá a disposición de los clubes las instalaciones correspondientes para el desarrollo de sus actividades, bajo la coordinación y supervisión, en cuanto a horarios y días de uso, de la Concejalía de Deportes.
En todo caso, esta disponibilidad será compartida con otras asociaciones deportivas o con la propia Concejalía para la práctica de una modalidad deportiva o cualquier otra que se estime oportuna.
Las instalaciones no podrán ser destinadas a ningún tipo de actividad que no sea de escuela o federada y, no podrán ser cedidas a terceros, ni al desarrollo de las actividades de otras asociaciones o grupos sin el consentimiento expreso de la Concejalía de Deportes.
El Ayuntamiento de Totana colaborará con los clubes en el desarrollo de las actividades y eventos que se organice, proporcionando todos aquellos recursos disponibles que disponga.
Cada club deberá solicitarlo por registro de entrada en el Ayuntamiento con un plazo mínimo de 30 días, de manera que todas aquellas solicitudes fuera de plazo, serán denegadas, salvo excepción adecuadamente justificada.
Cada club está obligado a colaborar tanto en la organización del programa de Deportes Escolar, cuando la actividad a desarrollar esté vinculada a un club determinado (ajedrez, tenis de mesa, petanca, bádminton, orientación, etcétera) como en todos aquellos eventos organizados por dicha Concejalía, como mínimo con una persona por prueba/evento.
Además, deberá cuidar y asegurar el perfecto uso del material utilizado así como el buen estado de la instalación municipal cedida, llevando el control del material que utiliza y su deterioro e informando periódicamente a la Concejalía sobre el mismo.
Los clubes en cuestión han de respetar el horario de apertura y cierre de la instalación; y comunicar a la Concejalía de Deportes y al personal de mantenimiento responsable de la instalación, los días y horarios que teniéndola disponible, no hará uso de la instalación.
De igual forma, se ha de informar a la Concejalía de Deportes de la hora y lugar de las ceremonias de inauguración o clausura, entrega de trofeos y de cualquier otra actividad que realice para que, si es posible, algún miembro de la Corporación municipal, asista en representación del Ayuntamiento; así como hacer constar en toda la información y publicidad la colaboración del Ayuntamiento a través de la Concejalía de Deportes.
El club tendrá la obligación de acompañar a sus socios menores de edad y estar en todo momento con ellos en los vestuarios o instalaciones; y el conserje o responsable de las instalaciones tendrá la potestad para impedir el uso de las mismas, prohibiendo la entrada de socios a las pistas o salas sin monitor.
Ante el incumplimiento de las obligaciones anteriores expuestas, la Concejalía de Deportes podrá resolver el convenio de la instalación al club o asociación deportiva; y en el caso de que el club no comunique "la no asistencia" a un entrenamiento de manera reiterada, perderá el derecho de uso de esa instalación.
Para el desarrollo de la Escuela Deportiva o cualquier otra actividad fuera del amparo de la Federación de cada disciplina deportiva, el club deberá acreditar que todos los alumnos de la misma posean un seguro de accidente deportivo, bien acreditado por una póliza privada o bien dando de alta en el seguro de la Comunidad Autónoma.
Por último, cada club asume la obligación de suscribir una póliza de responsabilidad civil por los daños a sus socios o a terceros que puedan causarse dentro de la instalación donde realice la actividad, con un importe mínimo de 300.001 euros, además cubrirá también los daños que se produzcan en la instalación deportiva municipal. La actividad deportiva del club, deberá desarrollarse de acuerdo con la reglamentación en vigor de la Federación competente.